Trámites

Solicitud poda y tala

El arbolado de la ciudad está protegido por la Ley 8/2005 de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid, que es de aplicación a todo el arbolado con más de 10 años de edad o más de 20 cm. de diámetro de tronco al nivel del suelo que se ubiquen en suelo urbano.

Por este motivo, la poda o tala de estos ejemplares debe estar autorizada previamente por un técnico municipal.

Plazo de presentación

Continuo

Formas de presentación
  • A través de la Sede Electrónica (con certificado electrónico) en este enlace https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/
  • Presencial en el Registro Municipal de lunes a viernes no festivos de 8:30 a 14:30 horas (sólo personas físicas).
  • En los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.