Este trámite permite solicitar el alta, baja o modificación de datos relativos a un animal en el Registro Censal de Animales.
Los vecinos del municipio que posean un animal deberán inscribirlo en el Censo Municipal de Animales Domésticos. Se debe realizar
en el plazo de tres meses desde su nacimiento o un mes desde su adopción o compra. Cualquier variación en relación con el animal
(muerte, traslado o cesión) deberá ser notificado por su titular al Ayuntamiento, presentando el documento normalizado de Censo
Municipal de Animales Domésticos.
Información para los propietarios de animales potencialmente peligrosos.
Requisitos:
- Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
- Residir en el municipio.
- No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales peligrosos.
En cumplimiento al Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, se consideran potencialmente peligrosos:
Los perros que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces:
- Staffordshire bull terrier
- American staffordshire terrier
- Pit bull terrier
- Rottweiler
- Dogo argentino
- Fila brasileiro
- Tosa inu
- Akita inu
Aquellos que tienen todas o la mayoría de las características siguientes:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robustez, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor. Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura en cruz entre 50 y 70 centímetros, y peso superior a 20 kg.
- Cuello ancho, musculoso, corto cabeza voluminosa y cuboidea.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto, mandíbulas grandes y fuertes, boca
robusta, ancha y profunda. - Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas, extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas
formando un ángulo moderado.
Y los que no encontrándose en los apartados anteriores manifiesten un carácter marcadamente agresivo o hayan protagonizado
agresiones a personas u otros animales.
